Término | AUTO QUE ORDENA OFICIAR A ENTIDADES |
Definición | providencia mediante la cual se ordena al Grupo de Trabajo de Secretaría oficiar a ciertas entidades públicas con el fin de obtener datos que permitan el logro de la notificación a las partes o el estado de las mismas, en caso de que no hubiera sido posible con la información que obra dentro del expediente. |
Fuente web | No aplica |