Término AUDIENCIA INICIAL
Definición
Diligencia judicial en la que se agotan las etapas de conciliación, interrogatorios de parte, se ejerce el control de legalidad, se realiza la fijación de los hechos, pretensiones y excepciones del proceso. De igual manera, se decretan las pruebas que serán objeto de valoración al momento de proferir la sentencia de primera instancia y que habrán de practicarse en la audiencia de instrucción y juzgamiento.
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