Término ENLACE DE NUMERACIÓN
Definición
Servidor público o contratista designado por cada área, quien se encarga de desarrollar las siguientes actividades:    Revisar que los actos administrativos emitidos por la dependencia cumplan con lo establecido en el numeral 6.6 Informar diariamente al Grupo de Trabajo de Notificaciones y Certificaciones – GTNC a más tardar a las 3:00 p.m., la existencia de actos administrativos que por orden del director(a), jefe de Oficina o delegado(a) o quien haga sus veces, considere deban ser numerados de manera prioritaria y hacer la entrega del correspondiente acto original a más tardar a las 4:30 p.m. del mismo día.  Remitir diariamente al Grupo de Trabajo de Notificaciones y Certificaciones – GTNC a más tardar a las 12:00 m., los actos administrativos que deban ser numerados el mismo día de su remisión, los mismos deberán ser remitidos por medio digital o físico al servidor público y/o contratista designado por GTNC para ello; de igual forma una vez numerado deberá ser remitido con firma digital válida al GTNC.   Corregir o tramitar la corrección de los errores que impidan la correcta numeración de los actos administrativos y/o su posterior notificación y/o comunicación.   Revisar y suministrar las direcciones de notificación y/o comunicación cuando exista correo devuelto.
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