Término | GASTOS DE DESPLAZAMIENTO |
Definición | Es el reconocimiento de dinero diario destinado a reconocer al contratista de prestación de servicios los gastos de manutención, alojamiento y transporte que ha de sufragar para la ejecución de su contrato fuera de la ciudad de ejecución contractual, mencionada en el mismo, teniendo en cuenta sus honorarios mensuales. |
Fuente web | No aplica |