Término MANDAMIENTO DE PAGO
Definición
Es el acto que da inicio al proceso de jurisdicción coactiva, y que consiste en la orden de pago que dicta el funcionario ejecutor contra el deudor para que cancele la suma de dinero a que está obligado, más los intereses que correspondan, desde que es exigible la multa, la sanción, sentencia u obligación.
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