Término Prima de Actividad
Definición
Es el derecho al reconocimiento que tienen los funcionarios que hayan laborado durante un año continuo en la entidad, el valor corresponde a una cuantía equivalente a quince (15) días de asignación básica, que perciba a la fecha en que cumpla el año de servicio. Está prima se pagará cuando el funcionario acredite que se ha autorizado el disfrute de vacaciones o la compensación de las mismas.
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