Término CESACIÓN DE EFECTOS
Definición
Es una figura jurídica establecida en el Protocolo de Madrid mediante la cual se cancela, total o parcialmente, el registro internacional cuando la solicitud o registro de base ha sufrido un ataque central por parte de un tercero o su oficina ha decido negarla. Es importante tener en cuenta que para que opere la figura de la cesación de efectos, la solicitud de registro internacional deberá estar comprendida dentro del periodo de dependencia.
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