Término AUXILIO POR INCAPACIDAD
Definición
Reconocimiento y pago de la prestación de tipo económico que hace la EPS a sus afiliados cotizantes dependientes, por todo el tiempo en que estén inhabilitados física o mentalmente para desempeñar en forma temporal su profesión u oficio habitual. Por enfermedad laboral y/o accidente de trabajo: A partir de la expedición de la incapacidad a cargo de la ARL.
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