Término | NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO |
Definición | medio de control contencioso administrativo que puede interponer la persona que se crea que se le ha lesionado un derecho subjetivo amparado en una norma jurídica, a través del cual puede solicitar la declaratoria de nulidad del acto administrativo particular, expreso o presunto y el restablecimiento del derecho o la reparación del daño.
Este medio también es idóneo para pretender la nulidad de un acto administrativo general y el restablecimiento del derecho o la reparación del daño causado, siempre y cuando la demanda se presente dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la publicación del acto. Si existe un acto intermedio, de ejecución o de cumplimiento del acto general, dicho término se contará a partir de la notificación de aquel. |
Fuente web | No aplica |