Término | PRÁCTICA DE PRUEBAS |
Definición | Etapa en el curso de una investigación durante la cual se practican todas las pruebas que fueron decretadas en la resolución de pruebas, y en sus modificaciones si es el caso, de acuerdo a los medios probatorios que fueron solicitados por las partes, por los terceros interesados reconocidos y los que fueron decretadas de oficio por el o la directora de Investigaciones para la Protección de Datos Personales. |
Fuente web | No aplica |