Término | INFORMACIÓN PÚBLICA RESERVADA |
Definición | Es aquella información “que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, es exceptuada de acceso a la ciudadanía por daño a interés públicos y bajo cumplimiento de la totalidad de los requisitos consagrados en el artículo 19 de la ley 1712 de 2014. |
Fuente web | No aplica |