Término | INCORPORACIÓN PRESUPUESTAL |
Definición | Son modificaciones presupuestales que se presentan cuando los órganos que hacen parte del PGN celebran contratos o convenios interadministrativos entre sí, que afecten sus presupuestos, con excepción de las operaciones de crédito; estas operaciones presupuestales se adelantan mediante resoluciones del jefe del órgano respectivo.
En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, las superintendencias y unidades administrativas especiales con personería jurídica, así como las señaladas en el artículo 5° del Estatuto Orgánico de Presupuesto -EOP, deben realizarse por acuerdo o resolución de las juntas o consejos directivos, o el representante legal del órgano, si no existen juntas o consejos directivos. Ver disposiciones generales de la Ley Anual de Presupuesto. Los recursos son incorporados y ejecutados en la misma vigencia fiscal en la que se lleve a cabo la aprobación, es de anotar que los recursos que se incorporan pueden venir de diferentes fuentes. |
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