Término RESERVA LEGAL
Definición
Sólo tendrá carácter reservado, la información y documentos expresamente sometidos a tal condición por la Constitución Política y/o la ley, en especial: - Los protegidos por el secreto comercial o industrial - Los relacionados con la defensa y seguridad nacional - Los amparados por el secreto profesional - Los que involucran derechos a la privacidad e intimidad de las personas - Los relativos a las condiciones financieras de las operaciones de crédito público y tesorería que realice la Nación, así como a los estudios técnicos de valoración de los activos de la Nación.
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