Término CONCILIACIÓN
Definición
Mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador. Figura que dentro del proceso de competencia cuenta con dos acepciones, la primera, como requisito de procedibilidad y, la segunda, como etapa procedimental en el curso de la audiencia de que trata el artículo 101 del C.P.C., la cual debe surtirse dentro del proceso, una vez contestada la demanda y la de reconvención si la hubiese.
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